ASO CDA

QUIÉNES SOMOS

La Asociación Nacional de Centros de Diagnóstico Automotor es una organización gremial, entidad sin ánimo de lucro, que desarrolla su gestión en pro de la inspección técnica vehicular en Colombia para el mejoramiento permanente de las condiciones legales, sociales, técnicas y comerciales de sus asociados, empresarios que operan Centros de Diagnóstico Automotor a nivel nacional.

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¿En qué consiste la Revisión Técnico-mecánica y de Emisiones Contaminantes?

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Años de experiencia

TESTIMONIOS

DE NUESTROS ASOCIADOS

Llevo más de 15 años en ASO CDA, me he mantenido como miembro activo porque encuentro el respaldo para trabajar en mi día a día con tranquilidad y la convicción que ASO CDA está atendiendo oportunamente y con éxito cada situación que pueda afectar mi empresa.

    Mayca Contreras
    Mayca Contreras

    CDA CONVERRY

    Llevo 4 años en ASO-CDA y puedo decir que es el gremio que nos representa en la Corte Constitucional, como por ejemplo el año pasado - 2023, para que se declarara inexequible el artículo 6to de la ley 2283, póliza que perjudicaba al sector de los CDA´s.

      Ing. Mauricio Betancourt
      Ing. Mauricio Betancourt

      Gerente General Cediplus

      ASO CDA ES EL NORTE DE SUS ASOCIADOS

        Jorge Gómez
        Jorge Gómez

        CDA DIAGNOSTICAR

        FAQ´s

        PREGUNTAS FRECUENTES

        De acuerdo con la resolución 2200 de 2006, modificatoria de la resolución 3500 de 2005, y la Norma Técnica Colombiana NTC 5385  “Centros de Diagnóstico Automotor”, adoptada por el ICONTEC, un CDA o Centro de Diagnóstico Automotor es todo ente estatal o privado destinado al examen técnico mecánico de los vehículos automotores y a la revisión del control ecológico de sus emisiones de gases conforme a las normas ambientales.

        Todo CDA debe estar acreditado por el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia – ONAC, habilitado por el Ministerio de Transporte y tener conectividad con el RUNT.

        La Revisión Técnico-Mecánica y de Emisiones Contaminantes es un medio establecido por el Estado para controlar el estado mecánico y de emisión de contaminantes de los vehículos que transiten por el territorio nacional, con el propósito de garantizar la seguridad vial y la preservación del medio ambiente. Para lograr este objetivo se efectúan inspecciones al vehículo, que buscan, de un lado, detectar defectos y del otro medir parámetros específicos de funcionamiento de los automotores. Como resultado de estos procesos de detección y medición y la categorización de los mismos se podrá determinar la viabilidad de la circulación del vehículo automotor. Para la REVISIÓN TÉCNICO-MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES han sido definidos los defectos y parámetros específicos que han de ser verificados en los automotores
        1. DURANTE LA REVISIÓN
        Durante la REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA del vehículo se verificará su identificación con lo señalado en los documentos oficiales.
        2. ALCANCE DE LA REVISIÓN
        El alcance de la REVISIÓN TÉCNICO- MECÁNICA es el definido en la Norma 5375 y tiene que ver con la presencia o no de defectos en los sistemas automotrices del vehículo. Dichos defectos se categorizan como aquellos que de manera grave o potencial pueden afectar la seguridad vial y el medio ambiente.
        3. CALIFICACIÓN DE LOS DEFECTOS
        La calificación de los defectos ha sido igualmente definida en la NTC 5375 y como se mencionó en el párrafo anterior, han sido categorizados como graves (Tipo A) y de riesgo potencial (Tipo B). La manera de determinación del resultado final de la REVISIÓN TÉCNICO-MECÁNICA igualmente, ha quedado explícita en la NTC 5375 y la decisión de rechazo o aprobación ha quedado sujeta a la verificación de la existencia de defectos graves o un determinado número de defectos de riesgo potencial.
        4. VERIFICACIÓN
        El procedimiento con el cual se verificará la existencia de los defectos o el cumplimiento de los límites presentados en la NTC 5375, se realizará mediante una inspección visual (o más bien sensorial) y una mecanizada, con la que se medirán parámetros específicos y se verificará el cumplimiento o no de aquellos establecidos por la Norma o el Estado (este es el caso de las emisiones contaminantes, tanto de gases como de ruido). Los procesos de inspección definidos dejan claro que de cualquier manera no se efectuará desmontaje alguno de los elementos y piezas del vehículo, y que su estado se comprobará a través de determinadas propiedades y funciones, sin realizar controles internos para establecer las causas de los defectos. Aquí cabe resaltar, que al tiempo que se definieron los defectos a verificar se definió el método, llegando, en el caso de la inspección mecanizada a definir los equipos y las especificaciones de los mismos con las que se realizarían.

        Acuda a un CDA que corresponda al tipo de vehículo que se va a revisar.
        Algunos CDA´s están habilitados para prestar el servicio para más de un tipo de vehículos.

        • Motocicletas.
        • Livianos: automóviles, camperos y camionetas.
        • Pesados.

        Según el Decreto-Ley 019 de 2012, la revisión, de acuerdo al tipo de vehículo, se hace así:

        SERVICIO PÚBLICO Y MOTOCICLETAS:

        • La primera revisión se efectúa cuando el vehículo cumple dos (2) años de su matrícula en el Registro Nacional Automotor.
        • Posteriormente, la revisión debe hacerse cada año, con anterioridad a la fecha de vencimiento del certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes.

         

        SERVICIO PARTICULAR:

        • La primera revisión se efectúa cuando el vehículo cumple seis (6) años de su matrícula en el Registro Nacional Automotor.
        • Posteriormente, la revisión debe hacerse cada año, con anterioridad a la fecha de vencimiento del certificado de Revisión Técnico Mecánica y de Emisiones Contaminantes.

        Acuda a un CDA que corresponda al tipo de vehículo que se va a revisar.
        Algunos CDA´s están habilitados para prestar el servicio para más de un tipo de vehículos.

        • Motocicletas.
        • Livianos: automóviles, camperos y camionetas.
        • Pesados.
        La Revisión Técnico-Mecánica y de Emisiones Contaminantes es un medio establecido por el Estado para controlar el estado mecánico y de emisión de contaminantes de los vehículos que transiten por el territorio nacional, con el propósito de garantizar la seguridad vial y la preservación del medio ambiente. Para lograr este objetivo se efectúan inspecciones al vehículo, que buscan, de un lado, detectar defectos y del otro medir parámetros específicos de funcionamiento de los automotores. Como resultado de estos procesos de detección y medición y la categorización de los mismos se podrá determinar la viabilidad de la circulación del vehículo automotor. Para la REVISIÓN TÉCNICO-MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES han sido definidos los defectos y parámetros específicos que han de ser verificados en los automotores
        1. DURANTE LA REVISIÓN
        Durante la REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA del vehículo se verificará su identificación con lo señalado en los documentos oficiales.
        2. ALCANCE DE LA REVISIÓN
        El alcance de la REVISIÓN TÉCNICO- MECÁNICA es el definido en la Norma 5375 y tiene que ver con la presencia o no de defectos en los sistemas automotrices del vehículo. Dichos defectos se categorizan como aquellos que de manera grave o potencial pueden afectar la seguridad vial y el medio ambiente.
        3. CALIFICACIÓN DE LOS DEFECTOS
        La calificación de los defectos ha sido igualmente definida en la NTC 5375 y como se mencionó en el párrafo anterior, han sido categorizados como graves (Tipo A) y de riesgo potencial (Tipo B). La manera de determinación del resultado final de la REVISIÓN TÉCNICO-MECÁNICA igualmente, ha quedado explícita en la NTC 5375 y la decisión de rechazo o aprobación ha quedado sujeta a la verificación de la existencia de defectos graves o un determinado número de defectos de riesgo potencial.
        4. VERIFICACIÓN
        El procedimiento con el cual se verificará la existencia de los defectos o el cumplimiento de los límites presentados en la NTC 5375, se realizará mediante una inspección visual (o más bien sensorial) y una mecanizada, con la que se medirán parámetros específicos y se verificará el cumplimiento o no de aquellos establecidos por la Norma o el Estado (este es el caso de las emisiones contaminantes, tanto de gases como de ruido). Los procesos de inspección definidos dejan claro que de cualquier manera no se efectuará desmontaje alguno de los elementos y piezas del vehículo, y que su estado se comprobará a través de determinadas propiedades y funciones, sin realizar controles internos para establecer las causas de los defectos. Aquí cabe resaltar, que al tiempo que se definieron los defectos a verificar se definió el método, llegando, en el caso de la inspección mecanizada a definir los equipos y las especificaciones de los mismos con las que se realizarían.